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31/8/11

CEM 7 charla debate sobre el tema “El trabajo y las leyes laborales”

El lunes 5 de septiembre se encontrará en la región la diputada Alicia Ciciliani, Diputada Nacional por el Partido Socialista de Santa Fé. 
En ese marco, se realizará una . 
La actividad tendrá lugar el lunes 5 de septiembre, a las 17,30hs en el CEM nro 7 de la localidad de Lamarque y contará con la presencia de autoridades provinciales de la Confluencia por la Emancipación, además de la compañera Ciciliani.
Por esto invitamos a todos los trabajadores y público en general a participar de la charla, acercando inquietudes y propuestas.

Invita: Confluencia para la Emancipación, Valle Medio
teléfonos de contacto:
Lamarque: Claudia Villena 02941-560058
Luis Beltrán: Martín Lamas 02941-15-350403
 Ciciliani es Contadora Pública, rosarina y Entre 1995 y 2001, se desempeñó como Directora del Servicio Municipal de Empleo de la Municipalidad de Rosario y como consultora de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y del Programa Rosario- Hábitat de la Municipalidad de Rosario.
Desde 2003 integra la Comisión Directiva del Centro de Estudios Municipales y Provinciales (CEMUPRO).
Desde 2009 es Diputada nacional y en tal carácter integra las siguientes comisiones de trabajo de la Cámara Baja: Legislación del Trabajo (Vicepresidenta 2°), Presupuesto y Hacienda, Finanzas, Economía, Comercio, Industria, Previsión y Seguridad Social, y Mercosur (Vocal).
Este año participó de la 99° Conferencia Anual de la OIT, como integrante de la delegación argentina.

VICTOR JARA--Te Recuerdo Amanda

Saludos desde la patagonia argentina




Jim Diamond I should have known better 1984

El Senado debatirá la Ley Nacional de Música

Se trata de un proyecto presentado por el senador por el Frente para la Victoria Eric Calcagno e impulsado por una gran cantidad de asociaciones de músicos, que apunta a fomentar la actividad musical. Este proyecto alberga los principales puntos consensuados durante los últimos cuatro años por cientos de músicos de diferentes estilos y de diversa convocatoria, referentes de espacios donde se realiza música en vivo, productores, managers, gestores culturales, funcionarios, representantes de distintas organizaciones de músicos, y público en general. 

Diego Boris, fundador de la Unión de Músicos Independientes, una experiencia organizativa para la autogestión en la música,sostuvo que “esperamos que el texto no sea muy modificado y que permita sacar un dictamen. Y a partir de ahí el tratamiento del recinto. Esta es una ley muy anunciada, diferente al resto, porque los puntos principales se consensuaron en forma asamblearia con otro modelo de construcción de leyes, tiene otro tipo de difusión y genera otro tipo de esperanza” 

Ante la urgente necesidad de mejorar las condicionesen las que se desarrolla la actividad musical creemos de suma importancia la aprobación y posterior reglamentación de la Ley Nacional de la Música, la cual tiene por objeto: 

La creación de un Instituto Nacional de la música que:
-Cuente con una sede General y al menos una sede en cada región cultural del país.
-Genere herramientas para la producción, distribución y difusión de la música grabada mediante el otorgamiento de vales.
-Coordine circuitos estables de música en vivo.
-Participe activamente en la formación integral de músicos, mediante cursos seminarios y talleres.
-Actúe en la promoción cultural y social, acercando la música tanto en vivo como grabada a los sectores mas postergados de nuestra sociedad.
-Otorgue créditos y subsidios a la producción musical.

Cabe destacar que se plantea un Instituto Nacional de la Música dentro de una política cultural de Estado y no de Gobierno, por eso resulta fundamental su autonomía y autarquía, y que la conducción del mismo sea ejercida por representantes de la música (algunos propuestos por el poder político y otros por las organizaciones de músicos de cada región cultural).

Es importante además tener en cuenta que la aprobación de esta Ley sería un punto de partida para aspirar en segunda instancia a una Ley o Estatuto del Músico que regule su actividad laboral en lo que hace a sus condiciones y derechos de trabajo y previsionales.

30/8/11

Ley 26.364 Prevencion Y Sancion De La Trata De Personas


B.O. 30/04/08 - Ley 26.364 - PREVENCION Y SANCION DE LA TRATA DE PERSONAS Y ASISTENCIA A SUS VICTIMAS - Disposiciones Generales. Derechos de las Víctimas. Disposiciones Penales y Procesales. Disposiciones Finales.


Sancionada: Abril 09 de 2008
Promulgada: Abril 29 de 2008
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. Sancionan con fuerza de Ley:
PREVENCION Y SANCION DE LA TRATA DE PERSONAS
Y ASISTENCIA A SUS VICTIMAS
TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1º - Objeto.
La presente ley tiene por objeto implementar medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y proteger a sus víctimas.
ARTICULO 2º - Trata de mayores de DIECIOCHO ( 18 ) años.
Se entiende por trata de mayores la captación, el transporte y/otraslado -ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior-, laacogida o la recepción de personas mayores de DIECIOCHO ( 18 ) años de edad, con fines de explotacióncuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, aun cuando existiere asentimiento de ésta.
ARTICULO 3º - Trata de menores de DIECIOCHO ( 18 ) años.
Se entiende por trata de menores el ofrecimiento, la captación, el transporte y/o traslado -ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior-, la acogida o la recepción de personas menores de DIECIOCHO ( 18 ) años de edad, con fines de explotación.
Existe trata de menores aun cuando no mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima.
El asentimiento de la víctima de trata de personas menores de DIECIOCHO ( 18 ) años no tendrá efecto alguno.
ARTICULO 4º - Explotación.
A los efectos de la presente ley, existe explotación en cualquiera de los siguientes supuestos:
  • a) Cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre o se la sometiere a prácticas análogas;
  • b) Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados;
  • c) Cuando se promoviere, facilitare, desarrollare o seobtuviere provecho de cualquier forma de comercio sexual;
  • d) Cuando se practicare extracción ilícita de órganos o tejidos humanos.
ARTICULO 5º - No punibilidad.
Las víctimas de la trata de personas no son punibles por la comisión de cualquier delito que sea el resultado directo de haber sido objeto de trata.
Tampoco les serán aplicables las sanciones o impedimentos establecidos en la legislación migratoria cuando las infracciones sean consecuencia de la actividad desplegada durante la comisión del ilícito que las damnificara.
TITULO II. DERECHOS DE LAS VICTIMAS
ARTICULO 6º - Derechos.
Las víctimas de la trata de personas tienen derecho a:
  • a) Recibir información sobre sus derechos en un idioma que comprendan, y en forma accesible a su edad y madurez;
  • b) Recibir alojamiento apropiado, manutención, alimentación suficiente e higiene personal adecuada;
  • c) Contar con asistencia psicológica, médica y jurídica gratuitas;
  • d) Prestar testimonio en condiciones especiales de protección y cuidado;
  • e) La protección frente a toda posible represalia contra su persona o su familia, pudiéndose incorporar al programa nacional de protección de testigos en las condiciones previstas en la Ley Nº 25.764.
  • f) La adopción de las medidas necesarias para garantizar su integridad física y psicológica;
  • g) Ser informadas del estado de las actuaciones, de las medidas adoptadas y de la evolución del proceso;
  • h) Ser oídas en todas las etapas del proceso;
  • i) La protección de su identidad e intimidad;
  • j) Permanecer en el país, de conformidad con la legislación vigente, y a recibir la documentación o constancia que acredite tal circunstancia;
  • k) Que se les facilite el retorno al lugar en el que estuviera asentado su domicilio;
  • l) Acceder de manera voluntaria y gratuita a los recursos de asistencia.
En el caso de niños, niñas y adolescentesademás de los derechos precedentemente enunciados, se garantizará que losprocedimientos reconozcan sus necesidades especiales que implican la condición de ser un sujeto en pleno desarrollo de la personalidad.
En ningún caso podrán ser sometidos a careos. Las medidas de protección de derechos aplicables no podrán restringir sus derechos y garantías, ni implicar privación de su libertad. Se procurará la reintegración a su familia nuclear o ampliada o a su comunidad.
ARTICULO 7º - Alojamiento de las víctimas.
En ningún caso se alojará a las víctimas de la trata de personas en cárceles, establecimientos penitenciarios, policiales o destinados al alojamiento de personas detenidas, procesadas o condenadas.
ARTICULO 8º - Derecho a la privacidad y reserva de identidad.
En ningún caso se dictarán normas que dispongan la inscripción de las víctimas de la trata de personas en un registro especial, o que les obligue a poseer un documento especial, o a cumplir algún requisito con fines de vigilancia o notificación.
Se protegerá la privacidad e identidad de las víctimas de la trata de personas. Las actuaciones judiciales serán confidenciales. Los funcionarios intervinientes deberán preservar la reserva de la identidad de aquéllas.
ARTICULO 9º - Representantes diplomáticos y consulares.
Es obligación de los representantes diplomáticos y consulares de la Nación en el extranjero proveer a la asistencia de los ciudadanos argentinos que, hallándose fuera del país, resultaren víctimas de los delitos descriptos en la presente ley, y facilitar su retorno al país, si así lo pidieren.
TITULO III. DISPOSICIONES PENALES Y PROCESALES
ARTICULO 10. - Incorpórase como artículo 145 bis del Código Penal, el siguiente:
Artículo 145 bis: El que captare, transportare o trasladare, dentro del país o desde o hacia el exterior, acogiere o recibiere personas mayores de dieciocho años de edad, cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, con fines de explotación, será reprimido con prisión de TRES (3) a SEIS (6) años.
La pena será de CUATRO (4) a DIEZ (10) años de prisión cuando:
1. El autor fuere ascendiente, cónyuge, afín en línea recta, hermano, tutor, persona conviviente, curador, encargado de la educación o guarda, ministro de algún culto reconocido o no, o funcionario público; 
2. El hecho 
fuere cometido por TRES (3) o más personas en forma organizada; 
3. Las víctimas fueren TRES (3) o más.
ARTICULO 11. - Incorpórase como artículo 145 ter del Código Penal, el siguiente:
Artículo 145 ter: El que ofreciere, captare, transportare o trasladare, dentro del país o desde o hacia el exterior, acogiere o recibiere personas menores de DIECIOCHO ( 18 ) años de edad, con fines de explotación, será reprimido con prisión de CUATRO (4) a DIEZ (10) años.
La pena será de SEIS (6) a QUINCE (15) años deprisión cuando la víctima fuere menor de TRECE (13) años.
En cualquiera de los supuestos anteriores, la pena será de DIEZ (10) a QUINCE (15) años de prisión, cuando:
1. Mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima;
2. El autor fuere ascendiente, cónyuge, afín en línea recta, hermano, tutor, persona conviviente, curador, encargado de la educación o guarda, ministro de algún culto reconocido o no, o funcionario público;
3. El hecho fuere cometido por TRES (3) o más personas en forma organizada;
4. Las víctimas fueren TRES (3) o más.
ARTICULO 12. - Sustitúyese el artículo 41 ter del Código Penal, por el siguiente:
Artículo 41 ter: Las escalas penales previstas en los artículos 142 bis, 145 bis, 145 ter y 170 de este Códigopodrán reducirse en un tercio del máximo y en la mitad del mínimo respecto de los partícipes oencubridores que, durante la sustanciación del proceso o antes de su iniciación, proporcionen información que permita conocer el lugar donde la víctima se encuentra privada de su libertad, o la identidad de otros partícipes o encubridores del hecho, o cualquier otro dato que posibilite su esclarecimiento.
En caso de corresponder prisión o reclusión perpetua, podrá aplicarse prisión o reclusión de OCHO ( 8 ) a QUINCE (15) años.
Sólo podrán gozar de este beneficio quienes tengan una responsabilidad penal inferior a la de las personas a quienes identificasen.
ARTICULO 13. - Sustitúyese el inciso e) del apartado 1) del artículo 33 del Código Procesal Penal de la Nación, por el siguiente:
e) Los previstos por los artículos 142 bis, 145 bis, 145 ter, 149 ter, 170, 189 bis (1), (3) y (5), 212 y 213 bis del Código Penal.
ARTICULO 14. - Serán aplicables las disposiciones de los artículos 132 bis, 250 bis y 250 ter del Código Procesal Penal de la Nación.
ARTICULO 15. - Sustitúyese el artículo 119 de la Ley Nº 25.871, por el siguiente:
Artículo 119: Será reprimido con prisión o reclusión deDOS (2) a OCHO ( 8 ) años el que realice las conductas descriptas en el presente capítulo empleando violencia, intimidación o engaño o abusando de la necesidad o inexperiencia de la víctima.
ARTICULO 16. - Sustitúyese el artículo 121 de la Ley Nº 25.871, por el siguiente:
Artículo 121: Las penas establecidas en el presente capítulo se agravarán de CINCO (5) a QUINCE (15) años cuando se hubiere puesto en peligro la vida, la salud o la integridad de los migrantes o cuando la víctima sea menor de edad; y de OCHO ( 8 ) a VEINTE (20) años cuando el tráfico de personas se hubiere efectuado con el objeto de cometer actos de terrorismo, actividades de narcotráfico o lavado de dinero.
ARTICULO 17. - Deróganse los artículos 127 bis y 127 ter delCódigo Penal.
TITULO IV. DISPOSICIONES FINALES
ARTICULO 18. - Presupuesto. El Presupuesto General de la Nación incluirá las partidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones de la presente ley.
ARTICULO 19. Reglamentación. Esta ley será reglamentada en un plazo máximo de SESENTA (60) días contados a partir de su promulgación.
- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA NUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL OCHO.
- REGISTRADO BAJO EL Nº 26.364
- EDUARDO A. FELLNER. - JULIO CESAR C. COBOS. - Marta A. Luchetta. - Juan J. Canals.


Decreto 729/2008
Bs. As., 29/04/2008
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.364 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Alberto A. Fernández. - Aníbal D. Fernández.

29/8/11

COMIENZA EL CRONOGRAMA DE PAGO A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROVINCIAL


 El jueves 1 de septiembre comienza el cronograma para el pago de los sueldos correspondientes al mes de agosto a la Administración Pública Provincial, con el depósito al sector policial. El cronograma tendrá continuidad el viernes 2 con los haberes de sector Salud y el sábado 3, con el pago de salarios a personal de la Ley 1844, pensiones, bomberos voluntarios, porteros y del Decreto 115.

En tanto el martes 6 se abonarán los haberes de los docentes cuyos apellidos vayan de la “A” a la “L” y el miércoles 7 a los docentes cuyos apellidos comiencen de la letra “M” a la “Z”, como también a los que prestan servicios en las Escuelas Públicas de Gestión Privada.

El cronograma finalizará el jueves 8 con el pago de los haberes de los poderes Judicial y Legislativo y organismos de control.

Cabe destacar que en el corriente pago de sueldos, se incorpora el incremento establecido por el Gobernador de la Provincia, Miguel Saiz, mediante un decreto por el que dispone el pago de 300 pesos no remunerativos en todos los salarios de la administración pública dependiente del Poder Ejecutivo.

Mensaje de una anciana Mapuche a la Humanidad.2005, Rio Negro, ARGENTINA

26/8/11

A MARZO-- Reflejo,,,

Esta es una banda joven de Chimpay, Rio Negro ellos son: Gaston Hernandez
Dario Hernandez, Maxi Ramirez, Matias Pperez, Nico Pino
A MARZO-- Reflejo by alvaro caceres

23/8/11

ENCUESTA 23-08-2011

Una consultora de Neuquén capital, realiza una encuesta telefonica en choele choel, el audio es de la hora 20:15 del día martes 23 de agosto de 2011

ENCUESTA 23-08-2011 by alvaro caceres

22/8/11

Hijas del MIR

Entrevista realizada en el mes de enero de 2010, en Chile.

Hijas del MIR by alvaro caceres

AUDIO DEL AÑO 1972 Ni olvido ni perdon La masacre de Trelew Raymundo Gleyzer

Ni olvido ni perdon La masacre de Trelew Raymundo Gleyzer by alvaro caceres

Raymundo Gleyzer nació en Buenos Aires (Argentina) en 1941. Hijo de Jacobo (un ruso ucraniano) y Sara Aijen, ambos artistas y activistas que fundaron el teatro IFT ( Idisher Folks Teater -Teatro Popular Judío- ) donde Raymundo creció.
A los 20 años Raymundo decide dejar la Facultad de Ciencias Económicas y solicita la inscripción en la de Cine en La Plata. A partir de 1964 comienza el primero de los tres períodos del cine y documental políticos de Raymundo: será el de carácter etnológico. De esta época sale la trilogía "Ocurrido en Hualfin".
A partir de 1965 se abre un nuevo período marcado por su trabajo en noticieros (Canal 7 y Telenoche). En su búsqueda personal, este tipo de trabajos terminará con una película propia "México, la Revolución congelada". A nivel personal se incrementa su formación como marxista y su alejamiento definitivo del Partido Comunista..
En 1972 con una fuerte crisis dentro del PRT (Partido Revolucionario de los Trabajadores-Argentina) y con la desintegración del FATRAC (Frente Antiimperialista de los Trabajadores de la Cultura), Raymundo (militante del PRT) comienza el camino que lo llevara a su único largometraje de ficción "Los Traidores". La búsqueda de Raymundo apuntaba a un cine que entretuviera y concientizara al mismo tiempo. Lo que se podría considerar el tercer período.
Al mismo tiempo que filmaba 'Los traidores', Gleyzer filmó un corto sobre la masacre de Trelew: "Ni olvido ni perdón". La película se hizo básicamente con la conferencia de prensa que los fugados del penal habían dado en el aeropuerto (donde estaban varados) y con una serie de fotos. Al mismo tiempo nacía el FAS (Frente Antiimperialista por el Socialismo), que se relacionó directamente con el proyecto de Cine de Base.

La masacre de Trelew



El 22 de agosto de 1972 en la base naval Almirante Zar fueron asesinados 16 presos políticos que habían sido trasladados allí, seis días antes, luego de que se efectivizara una acción conjunta de las organizaciones Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR), Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) y Montoneros, que permitió la evasión de seis Jefes guerrilleros recluídos en Ia cárcel de Trelew quienes, tras abordar un avión civil previamente secuestrado por un grupo comando, lograron refugiarse en Chile, gobernado por el socialista Salvador Allende.

El objetivo trazado - Ia fuga masiva de 110 combatientes - no pudo concretarse con total éxito, razón por la cual un contingente integrado por 19 de ellos que no logró arribar a tiempo al aeropuerto, decidió rendirse el 16 de agosto ante un juez, autoridades militares y la prensa, no sin antes exigir que se le garantizara su seguridad. El capitán de corbeta Luis Emilio Sosa comprometió su palabra en este sentido, escena que fue presenciada y corroborada por el coronel retirado Luis César Perlinger, cuyo testimonio en el que destacaba la humanidad y capacidad militar de los insurgentes, fue sancionado con un arresto.
Violando sus promesas, los marinos sometieron a los prisioneros a un régimen de terror. En la noche del lunes 21 se les impartió una orden insólita: salir de sus celdas con la vista fija en el piso y detenerse ante la puerta en dos hileras de a uno en fondo. Fue entonces cuando los uniformados comenzaron a disparar sus ametralladoras. Recién al amanecer comenzó a pergeñarse Ia mentirosa versión oficial de los sucesos, según la cual el montonero Mariano Pujadas habría intentado arrebatarle la pistola a Sosa, fábula que sirvió para explicar la brutalidad de la masacre. María Antonia Berger, Albeit Camps y Ricardo Haidar, aunque malheridos, salvaron sus vidas por un descuido de sus verdugos, Ia dictadura lanussista los mantuvo incomunicados y sólo permitió que Ia televisión mostrara sus imágenes sin sonido, al tiempo que instauraba una férrea consura de prensa.
A tal punto Ilegó su ensañamiento que el tristemente céIebre comisario Alberto Villar -luego jefe de policía de Perón y uno de los mentores de Ia Triple A- irrumpió con tanquetas en Ia sede del Partido Justicialista donde se velaban los cadáveres de tres de los guerrilleros asesinados.
Pero allí no terminó todo. La sede de Ia Asociación Gremial de Abogados fue dinamitada, se exterminó a las familias de Clarisa Lea Place, Roberto Santucho y Mariano Pujadas, Ia mayor parte de los hermanos y hermanas de los fusilados están hoy desaparecidos y el letrado Mario Amaya, que escoltó con su auto al micro de Ia armada que el 16 trasladó a los detenidos hasta Ia base naval, fue asesinado durante Ia útima dictadura. La masacre de Trelew fue, sin duda, el hito inicial del luctuoso camino que conduciría al mayor genocidio de Ia historia argentina.

§                     Alejandro Ulla (PRT-ERP)
§                     Alfredo Kohon (FAR)
§                     Ana María Villarreal de Santucho (PRT-ERP)
§                     Carlos Alberto del Rey (PRT-ERP)
§                     Carlos Astudillo (FAR)
§                     Clarisa Lea Place (PRT-ERP)
§                     Eduardo Capello (PRT-ERP)
§                     Humberto Suárez (PRT-ERP)
§                     Humberto Toschi (PRT-ERP)
§                     José Ricardo Mena (PRT-ERP)
§                     María Angélica Sabelli (Montoneros)
§                     Mariano Pujadas (Montoneros)
§                     Mario Emilio Delfino (PRT-ERP)
§                     Miguel Ángel Polti (PRT-ERP)
§                     Pedro Bonet (PRT-ERP)
§                     Susana Lesgart (Montoneros)
Heridos que lograron sobrevivir:
§                     Alberto Miguel Camps (FAR - Desaparecido luego en 1977)
§                     María Antonia Berger (FAR - Desaparecida en 1979)
§                     Ricardo René Haidar (Montoneros - Desaparecido en 1982)





17/8/11

EL PAPEL DE LOS MEDIO COMUNITARIOS Y LOS ESTUDIANTES CHILENOS

 Mucho se ha dicho sobre la cobertura de los medios audiovisuales al conflicto estudiantil chileno y su regodeo en escenas violentas sin ir al fondo de la cuestión. También se ha señalado el rol importantísimo de Twitter en la convocatoria, coordinación e impulso a las distintas movilizaciones. Poco se ha dicho, sin embargo, sobre el lugar que han ocupado las radios comunitarias chilenas desde el inicio de este proceso de reclamos por cambios estructurales en el sistema educativo del otro lado de la Cordillera.
En Chile las radios comunitarias son reconocidas pero deben limitarse a emitir con una escasa potencia que les impide llegar muy lejos con sus señales. A esto se suma que sólo pueden acceder al 5 por ciento del espectro. Ante esta desventaja, las radios populares chilenas han retomado la vieja tradición de este movimiento de trabajar en red para multiplicar sus voces en el largo país, ahora con la ayuda de Internet. La radio Juan Gómez Millas, de la Escuela de Periodismo de la Universidad de Chile, ha tomado la iniciativa y ha acompañado con coberturas especiales las primeras marchas en junio, y todas las que siguieron. Además de la apuesta periodística y política que supone montar programas para cubrir informativamente cada manifestación, las emisiones tuvieron tres características salientes: las conexiones con comunicadores de distintas regiones para conocer los reclamos más allá de Santiago, la voz permanente de los estudiantes secundarios y universitarios y la presencia en estudios de investigadores de la educación del país para conocer el fondo de las demandas, lo profundo de la injusticia en el sistema educacional y el proceso histórico de acumulación de la lucha estudiantil. Estos programas fueron retomados, vía Internet, por distintas radios comunitarias y universitarias de todo Chile.
A la limitación de la potencia y la marginación estatal, las emisoras respondieron con trabajo en red. Conscientes del momento histórico que marca este conflicto, han organizado durante esta semana una Cadena Radial por la Educación. Fueron 1800 minutos de transmisión por los 1800 millones de dólares que se necesitan cada año para brindar educación superior gratuita en este país. Cada radio aportó contenidos y pudo plegarse a la cadena en distintos momentos de la programación.
Pero la red no se quedó detrás de las montañas. La Agencia Informativa Púlsar, de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias en América Latina y el Caribe (Amarc ALC), ha recibido, desde el inicio de este proceso, reportes, entrevistas y notas sobre los reclamos estudiantiles, y las ha expandido al resto de la región. Sus principales fuentes y destinatarios son las radios comunitarias. Desde allí parten y hacia allí van sus noticias. Quien haya sintonizado una de estas emisoras en los últimos dos meses en algún punto de la región conocerá bastante sobre los argumentos que levantan las federaciones de estudiantes y profesores chilenos. Allí suena cada día el Informativo de la Agencia Púlsar, que no hace más que reproducir y contextualizar las voces que llegan desde los reportes chilenos.
Amarc ALC ha marcado que históricamente en América latina se ha condenado a las radios comunitarias a ser pequeñas, pobres y pocas. Quizás ejemplos como estos –que abundan– convenzan a los Estados en la región de promover y acompañar a estos medios con políticas públicas concretas. De esto depende, quizá, la posibilidad de contar con más espacios para relatos alternativos a los ofrecidos por los medios masivos comerciales.
* Director de la Agencia Informativa Púlsar, de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias - América Latina y Caribe (Amarc ALC). FUENTA:Por Alejandro Linares, para pagina 12

Escucha que clasico!!!! Varios (1987) FMRA Vol 1, LADO B....


Para aquellos que no lo saben es tal vez el compilado neto del rock argentino, no tanto por la seleccion musical sino por la atmósfera de ambientacion de los locutores (entre ellos Lalo Mir). Impulsado por los populares compilados "FM USA" que traian musica en otro idioma, este compilado fue todo un modelo a seguir que dio sus frutos.En aquel entonces todas las radios sonaban como FMRA. Fue el único realizado.



FMRA Lado B by alvaro caceres

concentración y vigilia en defensa del agua.


COMUNICADO DE PRENSA,, MENDOZA
Hace 5 meses que esperamos que el Proyecto San Jorge sea tratado en la Legislatura. Los mendocinos hemos argumentado en muchísimas oportunidades por qué éste debe ser rechazado. Los legisladores, por su parte, no quieren tratarlo antes de las elecciones. Pero los mendocinos no aceptamos que se juegue ni se especule con nuestra agua y nuestro futuro. Por eso exigimos que la Legislatura escuche de una buena vez la voluntad del pueblo y que vote en contra de la megaminería y a favor de la vida digna.
¡Tratamiento y rechazo inmediato del Proyecto San Jorge!
¡En Mendoza no queremos megaminería!
¡Luchemos por nuestra agua!
Convocamos a toda la sociedad mendocina a concentrarse en el nudo del Acceso Este y Costanera el miércoles 17/8 desde las 10 de la mañana.
Realizaremos una conferencia de prensa a las 12:30 en el mismo lugar.


¡Tratamiento y rechazo inmediato del Proyecto San Jorge!
¡En Mendoza no queremos megaminería!
¡Luchemos por nuestra agua!


Organizaciones sociales, políticas, culturales, estudiantiles, sindicales, socioambientales de Mendoza.

Contacto Voceros:
Mariana: 156946105 // Carolina: 155002324 // Tania: 155448416

Chaco, Corte de ruta de los Toba Qompi

La Organización Toba Qompi (OTQ) está realizando, hace más de un mes, un corte de ruta para reclamar viviendas y electricidad en la zona del impenetrable chaqueño. Esperan respuestas.

Desde el día lunes 15 de julio, los qom de Castelli y Mira Flores nucleados dentro de la organización OTQ mantienen un corte parcial de ruta en reclamo del comienzo de obras en zonas rurales, como además la llegada de electrificación a parajes de zonas del impenetrable. El apoyo es acompañado por la comunidad wichi del Techat que también pelea por viviendas rurales para su paraje.

A continuación se hace llegar el presente comunicado.

Comunicado de la OTQ.

Nuevamente en la ruta estamos, es el camino el sitio donde se nos ve, pues cuando al monte regresamos son solo unos pocos los que vuelven su mirada hacia nosotros. Pareciera que el gobierno solo mira a los hombres de asfalto, y no a los de pies descalzos y curtidos en el barro del monte.

Estamos pidiendo lo básico, lo que incondicionalmente necesitamos para dar solución a nuestros problemas. Queremos viviendas dignas, y queremos electricidad. Hasta ahora las viviendas realizadas para nuestra comunidad fueron en zonas periféricas del pueblo en el que vivimos, hoy pedimos viviendas para nuestros hermanos del monte, de campo adentro. Y sabemos que nadie quiere ir al monte a levantar viviendas, que todas las empresas a las que se les oferta la posible licitación de viviendas en el impenetrable se niegan, por eso conformamos nuestra propia cooperativa de construcción, y es parte de nuestro reclamo que nosotros mismos podamos hacer las viviendas.

Estamos y estaremos en la ruta el tiempo necesario. Esperamos la respuesta del gobierno provincial y también del gobierno nacional.

Desde el impenetrable chaco, OTQ, (Organización Toba Qompi)

Contactos:
Pablo - Mira Flores (02923 15439402)
Felix Diaz - Castelli (03732 15459173)

FUENTE:  Organización Toba Qompi (OTQ) 

15/8/11

Niños en venta

Asi voto el valle medio en las elecciones primarias



Mesas
Totales76 
Escrutadas76100%
Electores
Totales24.197 
Votantes19.29279,73%



Agrupaciones políticas
Resultados
ALIANZA FRENTE PARA LA VICTORIA11.11460,22%
FERNANDEZ DE KIRCHNER, CRISTINA - BOUDOU, AMADO
ALIANZA UNION PARA EL DESARROLLO SOCIAL - UDESO3.87120,97%
ALFONSIN, RICARDO LUIS - GONZALEZ FRAGA, JAVIER ANTONIO
ALIANZA FRENTE POPULAR1.0895,90%
DUHALDE, EDUARDO - DAS NEVES, MARIO
ALIANZA FRENTE AMPLIO PROGRESISTA6953,77%
BINNER, HERMES JUAN - MORANDINI, NORMA ELENA
COALICION CIVICA ARI5783,13%
CARRIO, ELISA MARIA EVELINA - PEREZ, JOSE ADRIAN
ALIANZA COMPROMISO FEDERAL5693,08%
RODRIGUEZ SAA, ALBERTO JOSE - VERNET, JOSE MARIA
ALIANZA FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES2611,41%
WERMUS, JOSE SAUL (ALTAMIRA JORGE) - CASTILLO, CHRISTIAN CARLOS HERNAN
ALIANZA PROYECTO SUR1530,83%
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA - CARDELLI, JORGE JUSTO
MOVIMIENTO DE ACCION VECINAL750,41%
PASTORE, SERGIO DARIO - RODRIGUEZ, GILDA MARCELA
DEL CAMPO POPULAR520,28%
BONACCI, JOSE ALEJANDRO - VILLENA, JOSE EDUARDO
Votos
Positivos18.457
En blanco413
Nulos409
Recurridos e impugnados13

FUENTE: http://www.primarias2011.gob.ar